Agencia:
Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales
Número:
6449
Estado:
Activo
Año:
2002
Fecha:
2 de mayo de 2002
El Reglamento de Multas Administrativas, aprobado el 2 de mayo de 2002 por el Secretario de Estado, establece el marco para la imposición de sanciones por la Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales. Su base legal se encuentra en la Ley de Municipios Autónomos y la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. La Oficina, como entidad reguladora e interventora, tiene la responsabilidad de asegurar el fiel cumplimiento de las leyes, reglamentos y procedimientos aplicables a la administración municipal. Este reglamento busca garantizar una sana administración pública y la autonomía fiscal y administrativa de los municipios mediante el ejercicio de su poder sancionador. Es aplicable a municipios, funcionarios y empleados municipales que incurran en conductas sancionables. Entre estas se incluyen la negativa a establecer sistemas fiscales y contables aprobados, o la violación de disposiciones sobre la contabilización de fondos públicos y la custodia de propiedad municipal. El documento también delinea los procedimientos para la notificación de incumplimientos, apercibimientos y la aplicación de sanciones administrativas.
Departamento de Estado Núm. 6449
A la fecha de: 2 de mayo de 2002 Aprobado: $\quad$ Ferdinand Mercado Secretario de Estado SECTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RECOGiasdePoderes Secretaria de Servicios OFICINA DEL COMISIONADO DE ASUNTOS MUNICIPALES REGLAMENTO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS
INDICE DE CONTENIDO PAGINA ARTÍCULO I: TÍTULO ..... 1 ARTÍCULO II: BASE LEGAL ..... 1 ARTÍCULO III: DEFINICIONES ..... 1 ARTÍCULO IV: DECLARACIÓN DE POLÍTICA PÚBLICA ..... 2 ARTÍCULO V: CONDUCTAS SANCIONABLES ..... 2 ARTÍCULO VI: NOTIFICACIÓN DE INCUMPLIMIENTO ..... 3 ARTÍCULO VII: APERCIBIMIENTO DE MULTA ..... 4 A...
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