Agencia:
Departamento de Hacienda
Número:
6437
Estado:
Activo
Año:
2002
Fecha:
22 de abril de 2002
Este reglamento, emitido por el Departamento de Hacienda y el Departamento de Estado de Puerto Rico el 22 de abril de 2002, tiene como propósito implementar las disposiciones de las Secciones 1040D y 1040E del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994. El Artículo 1040D-1 establece un crédito contributivo para negocios elegibles que adquieran productos manufacturados en Puerto Rico con el fin de exportarlos. Este crédito equivale al 10 por ciento del exceso del valor agregado de las compras de dichos productos exportados, sobre el promedio del valor agregado de compras durante un período base. La determinación del incremento se basa en el valor agregado total de las compras, no en productos individuales, y aplica a años contributivos iniciados después del 31 de diciembre de 2001. El crédito puede reducir hasta un 25 por ciento de la contribución impuesta bajo el Subtítulo A del Código. El Artículo 1040D-2 define "negocio elegible" como aquel no acogido a otras leyes de incentivos contributivos, y "productos manufacturados en Puerto Rico" como aquellos transformados de materias primas o elaborados en un negocio de manufactura local.
DEPARTAMENTO DE ESTADO Núm. Reglamento 6437 Fecha. $\quad 22$ de abril de 2002 Aprobado Ferdinand Mercado Secretario de Estado Por: Giselle Rosero Garcia Secretario A. Millar de Servicios TITULO: Reglamento para implantar las disposiciones de las Secciones 1040D y 1040E de la Ley Núm. 120 de 31 de octubre de 1994, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994", promulgado al amparo de la Sección 6130 del Código que faculta al Secretario de Hacienda a adoptar los Reglamentos necesarios para pone...
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