Agencia:
Administración de Servicios Generales
Número:
6329
Estado:
Activo
Año:
2002
Fecha:
9 de julio de 2002
La Administración de Servicios Generales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico presenta una enmienda a su Reglamento de la Junta de Reconsideración. Esta modificación se fundamenta en el inciso
(j) del Artículo 14 de la Ley Número 164 del 23 de julio de 1974, conocida como "Ley de la Administración de Servicios Generales". El propósito central de la enmienda es restablecer la sección 7 del Reglamento de la Junta de Reconsideración, originalmente el Núm. 4042 del 3 de noviembre de 1989. Dicha sección, titulada "Garantías Especiales", establece que todo licitador que radique un recurso de reconsideración ante la Junta deberá acompañar el mismo con un cheque. La enmienda busca asegurar la continuidad de este requisito para los procesos de reconsideración.
ENMIENDA AL REGLAMENTO DE LA JUNTA DE RECONSIDERACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS GENERALES
Indice
Página
ARTICULO 1. - TITULO ..... 1 ARTICULO 2. - BASE LEGAL ..... 1 ARTICULO 3. - PROPOSITO DE LA ENMIENDA ..... 1 ARTICULO 4. - RESTABLECIMIENTO DE GARANTIAS ESPECIALES ..... 1 ARTICULO 5. - VIGENCIA ..... 3
Articulo 1: Titulo Para enmendar el Reglamento de la...
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