Agencia:
Departamento de Hacienda
Número:
6363
Estado:
Activo
Año:
2001
Fecha:
16 de octubre de 2001
Reglamento Núm. 29, aprobado el 16 de octubre de 2001 por el Departamento de Estado y emitido por el Departamento de Hacienda, establece las normas para la contratación de fianzas y seguros en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Su propósito principal es cubrir los riesgos de las agencias, entidades corporativas y municipios, así como definir los procedimientos para el trámite de reclamaciones relacionadas con estas pólizas. La base legal del reglamento se fundamenta en la Ley de Contabilidad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Código de Seguros de Puerto Rico, facultando al Secretario de Hacienda para gestionar y contratar seguros y al Comisionado de Seguros para regular sus condiciones. Las disposiciones de este reglamento son de aplicación obligatoria para todas las agencias, entidades corporativas y municipios puertorriqueños, extendiéndose también a los aseguradores autorizados, sus agentes, agentes generales, reaseguradores y corredores de líneas excedentes. El documento detalla definiciones clave, incluyendo los criterios para ser considerado un "asegurador cualificado", los cuales exigen un historial de autorización y clasificaciones financieras específicas.
DEPARTAMENTO DE ESTADO NUM: 6363 FECHA 16 de octubre de 2001 APROBADO: Hon. Ferdinand Mercado SECRETARIO DE ESTADO POR: Estado Libre Asociado de Puerto RENSELLE RODRIGO GARCIA DEPARTAMENTO DE HACIENDA ARDA AUXILIAR DE SERVICIOS Área de la Contabilidad Central de Gobierno San Juan, Puerto Rico
Reglamento Núm. 29 29-00-1
CONTRATACION Y RECLAMACION DE LAS FIANZAS Y SEGUROS DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
ARTICULO 1 - TITULO
Este Reglamento se conocerá como REGLAMENTO DE FIANZAS Y SEGUROS DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
ARTICULO 2 - BASE LEGAL
Este Reglamento se emite de ac...
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