Agencia:
Junta de Planificación de PR
Número:
6304
Estado:
Activo
Año:
2001
Fecha:
21 de marzo de 2001
Estas enmiendas al Reglamento de Planificación Núm. 13, emitidas por la Junta de Planificación de Puerto Rico y aprobadas en marzo de 2001, establecen las directrices para la gestión y desarrollo en zonas susceptibles a inundaciones. El documento define las disposiciones generales, propósitos y autoridad para la aplicación de la normativa, incluyendo un glosario de términos relevantes. Detalla el proceso de declaración, notificación y revisión de las zonas inundables, así como la elaboración y enmienda de los mapas correspondientes. Se clasifican las áreas en Zona 1, Zona 2 y Zona IM, cada una con regulaciones específicas para desarrollos, lotificaciones, construcción de casas manufacturadas y vehículos recreativos, y el uso de relleno. Para la Zona 2, se exige la realización de estudios hidrológicos-hidráulicos bajo ciertas condiciones, dependiendo del conocimiento del nivel de inundación base y la delimitación del cauce mayor. Finalmente, el reglamento establece los requisitos y procedimientos para la emisión de permisos necesarios para cualquier actividad o construcción dentro de estas zonas, asegurando la seguridad pública y la planificación adecuada del territorio.
DEPARTAMENTO DE ESTADO
NUM. 6304
FECHA: 21-MARZO-2001
4:02 P.M.
APROBADA: Hon. Ferdinand Mercado
Secretario de Estado
POR: Secretaria Auxiliar de Servicios
ENMIENDAS AL REGLAMENTO SOBRE ZONAS SUSCEPTIBLES A INUNDACIONES (REGLAMENTO DE PLANIFICACIÓN NUM. 13)
Marzo 2001
TOPICO 1 APLICACION E INTERPRETACION PAGINA SECCION 1.00 DISPOSICIONES GENERALES ..... 1 1.01 Título ..... 1 1.02 Propósitos ..... 1 ...
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