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Reglamentos/Agencias/Junta de Planificación de PR/Reglamento 6298

Reglamento 6298

Activo

Enmiendas al Reglamento de Lotificación y Urbanización (Reglamento de Planificación Número 3): ENMIENDA 4867

Información del Reglamento

Agencia:

Junta de Planificación de PR

Número:

6298

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2001

Fecha:

23 de febrero de 2001

Descripción

La Junta de Planificación de Puerto Rico, en cumplimiento de las Leyes Núm. 75 y 114, preparó el Plan de la Región Metropolitana de Puerto Rico. Este plan busca fortalecer los servicios esenciales, las facilidades educativas, de salud, recreativas, de seguridad pública y de bienestar social, así como conservar los valiosos recursos naturales, agrícolas, turísticos, culturales y arqueológicos de la región para su desarrollo integral y sustentable. Tras un amplio proceso de consulta ciudadana, que incluyó reuniones con los pueblos de la región y una vista pública el 15 de noviembre de 2000, la Junta de Planificación adoptó formalmente el Plan mediante la Resolución JP-2000-PUT-PRM el 28 de diciembre de 2000. Dicha resolución también estableció un Consejo Asesor para la implementación del Plan. Posteriormente, el Gobernador de Puerto Rico, Pedro Rosselló, emitió la Orden Ejecutiva Núm. 0E-2000-68 el 29 de diciembre de 2000. Esta orden ejecutiva aprobó el Plan de la Región Metropolitana, dándole vigencia inmediata y reconociendo su diagnóstico y análisis de la situación integral de los municipios metropolitanos, que incluyen a Canóvanas, Loíza, Carolina, Trujillo Alto, San Juan, Guaynabo, Bayamón, Cataño, Toa Baja, Toa Alta, Dorado, Vega Alta y Vega Baja.

Contenido del Reglamento

GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DEL GOBERNADOR JUNTA DE PLANIFICACIÓN

DEPARTAMENTO DE ESTADO

NÚM. 6298
FECHA: 23 de febrero de 2001

Resolución JP - 2000 - PUT - PRM APROBADO: 1000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000

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