Agencia:
Departamento de Transportación y Obras Públicas
Número:
6282
Estado:
Activo
Año:
2001
Fecha:
2 de enero de 2001
Este reglamento del Departamento de Transportación y Obras Públicas del Gobierno de Puerto Rico, aprobado el 2 de enero de 2001, establece las normativas para la titularidad y los registros provisionales de vehículos. Su propósito principal es regular la expedición, expiración, renovación, duplicado, denegación y revocación de permisos ordinarios y especiales para transitar por las vías públicas. Además, aborda el pago de derechos escalonados, la identificación de vehículos exentos de inscripción y el control del número de arrastres de furgones. La base legal de este reglamento se encuentra en la Ley Núm. 22 de 2000, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", y la Ley Núm. 170 de 1988, o "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme". Cubre aspectos cruciales como los requisitos de registro, las causas de denegación y revocación de permisos, y los procedimientos para vehículos especiales y exentos.
Núm. 6-252 Fecha: 2 enero 2001 Aprobado: Jeremón Mercado Por: Miguel de la Serrat Secretario Auxiliar de Servicios
GOBIERNO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
REGLAMENTO
TABLA DE CONTENIDO
PÁGINA ARTÍCULO I TÍTULO 3 ARTÍCULO II BASE LEGAL 3 ARTÍCULO III PROPÓSITO 3-4 ARTÍCULO IV APLICACIÓN 4 ARTÍCULO V DISPOSICIONES GENERALES 4-5 ARTÍCULO VI DEFINICIONES 5-8 ARTÍCULO VII DOCUMENTOS ALTERNOS PARA PROBAR TITULARIDAD 8-9 ARTÍCULO VIII REQUISITOS PARA REGISTRO PROVISIONAL 9 ARTÍCULO IX EXPEDICIÓN, EXPIRACION, RENOVACION Y DUPLICADO DE PERMISOS PARA TRANSITAR POR LAS...
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