Agencia:
Departamento de Transportación y Obras Públicas
Número:
6280
Estado:
Activo
Año:
2001
Fecha:
2 de enero de 2001
El presente reglamento, emitido por el Departamento de Transportación y Obras Públicas del Gobierno de Puerto Rico, establece las normas y requisitos para la expedición de licencias de conducir a personas parcialmente incapacitadas. Su propósito principal es salvaguardar la seguridad pública al definir las condiciones mínimas bajo las cuales estos individuos pueden operar vehículos de motor en las vías públicas. El documento se fundamenta en la Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico". Detalla los requisitos para la obtención de licencias restringidas, abordando específicamente las limitaciones físicas, visuales y auditivas de los solicitantes. Además, considera otras condiciones médicas incapacitantes que pueden afectar la capacidad de conducir de manera segura. El reglamento incluye definiciones clave, procedimientos de aplicación y disposiciones generales para asegurar que solo aquellos que cumplan con los criterios de seguridad puedan obtener y mantener su certificado de licencia.
Núm. Le220 Fecha: 2 avelo 2021 Aprobado: 2ndiren Mercato Por: Míguf deh fernut Secretario auxiliar de fervicios
GOBIERNO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
REGLAMENTO
TABLA DE CONTENIDO
PÁGINA ARTÍCULO I TÍTULO 3 ARTÍCULO II PROPÓSITO 3 ARTÍCULO III BASE LEGAL 3 ARTÍCULO IV DEFINICIONES 3-4 ARTÍCULO V APLICACIÓN 4 ARTÍCULO VI LICENCIAS RESTRINGIDAS 4-5 ARTÍCULO VII REQUISITOS PARA EXPEDICIÓN DE LAS LICENCIAS RESTRINGIDAS 5 ARTÍCULO VIII LIMITACIONES FISICAS DEL SOLICITANTE Y ADITAMENTOS MECÁNICOS EN EL VEHÍCULO DE MOTOR A SER CONDUCIDO POR LA PERSONA A QUIEN SE ...
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