Agencia:
Oficina del Comisionado de Seguros
Número:
6254
Estado:
Activo
Año:
2000
Fecha:
28 de diciembre de 2000
La Regla LXX del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico se enmienda y consolida, incorporando la Regla LXIX, para instrumentar eficazmente la Ley Núm. 253 de 27 de diciembre de 1995, conocida como "Ley de Seguro de Responsabilidad Obligatorio para Vehículos de Motor". Su propósito es establecer las condiciones necesarias para la aplicación de dicha ley, considerando el Código de Seguros de Puerto Rico y las prácticas de la industria. La normativa define términos clave como "Asegurador", "Asegurador privado" y "Asociación de Suscripción Conjunta", detallando sus roles y responsabilidades. Aborda aspectos cruciales como las circunstancias en que el objeto del seguro desaparece, la sustitución y cancelación del seguro obligatorio, y los criterios para rechazar solicitantes. También regula el pago de primas, la gestión de licencias por periodos irregulares, los planes de financiamiento y los procedimientos para el cambio de dueño de un vehículo. Además, establece disposiciones sobre la certificación de cumplimiento, la información estadística, la distribución de primas y el funcionamiento de la Asociación de Suscripción Conjunta. La enmienda busca atemperar la reglamentación con la experiencia adquirida desde la aprobación de las reglas originales.
REGLA LXX INDICE ..... $6^{254}$ ARTICULOS ..... PAGINAS ARTÍCULO 1. - Propósito ..... 1 ARTÍCULO 2. - Definiciones ..... 1 ARTÍCULO 3. - Circunstancias en que se considerará que el objeto del seguro desaparece ..... 4 ARTÍCULO 4. - Sustitución de un seguro de responsabilidad obligatorio por un seguro tradicional de responsabilidad ..... 5 ARTÍCULO 5. - Cancelación del seguro de responsabilidad obligatorio ..... 5 ARTÍCULO 6. - Vigencia de la cancelación del seguro de responsabilidad obligatorio ..... 6 ARTÍCULO 7. - C...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito