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Reglamentos/Agencias/Departamento de Estado/Reglamento 6191

Reglamento 6191

Activo

Reglamento de Educación Continuada de la Junta Examinadora de Diseñadores Decoradores de Interiores.

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Estado

Número:

6191

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2000

Fecha:

1 de septiembre de 2000

Descripción

Este reglamento establece las normas para el programa de educación continuada de los Diseñadores-Decoradores de Interiores en Puerto Rico. Promulgado por la Junta Examinadora de Diseñadores-Decoradores de Interiores, se basa en la Ley Número 125 de 1973, que faculta a la Junta a requerir dicha formación. Su propósito principal es fomentar el mejoramiento profesional, la renovación de conocimientos y la adquisición de información sobre avances tecnológicos en el campo del diseño y la decoración. Para la renovación compulsoria de la licencia cada tres años, los profesionales deben cumplir con un mínimo de 45 horas contacto de educación continuada. La Junta Examinadora es responsable de identificar y reconocer a las organizaciones o instituciones acreditadas que ofrecerán los cursos, seminarios y talleres necesarios para satisfacer estos requisitos. El documento detalla además aspectos como definiciones, requisitos generales, acreditación de proveedores, manejo de licencias vencidas y la evaluación de actividades.

Contenido del Reglamento

GOBIERNO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE ESTADO SAN JUAN, PUERTO RICO

6191

JUNTA EXAMINADORA DE DISEÑADORES DECORADORES

REGLAMENTO DE EDUCACION CONTINUADA DE LA JUNTA EXAMINADORA DE DISEÑADORES DECORADORES DE INTERIORES

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TABLA DE CONTENIDO INDICE

PAGINA

ARTICULO I: BASE LEGAL ..... 1 ARTICULO II: SEC 1 OBJETIVOS GENERALES ..... 1 SEC2 OBJETIVOS ESPECIFICOS ..... 1 ARTICULO III: DEFINICIONES ..... 2 ARTICULO IV: REQUISITOS GENERALES ..... 3 ARTICULO V: APROVECHAMIENTO MATERIAS. ..... 4 ARTICULO VI: ACREDITACION A PROVEEDORES ..... 5 ARTICULO VII: LICENCIAS VENCIDAS ..... 5 ARTICULO VII...

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