CodeXpr
Beta v0.7
BuscarStudio | Chat¿Cómo Funciona?Acerca de
LeyesCasosReglamentosÓrdenes EjecutivasBúsqueda

© 2026 CodeXpr. All rights reserved.

Terms of UseSupport

Powered by NeoInertia

Reglamentos/Agencias/Departamento de Transportación y Obras Públicas/Reglamento 6172

Reglamento 6172

Activo

Reglamento para Prohibir a Vendedores, Dueños u Operadores de Negocios Ambulantes Ubicarse u Operar en las Vías Públicas Estatales de Puerto Rico.

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Transportación y Obras Públicas

Número:

6172

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2000

Fecha:

28 de junio de 2000

Descripción

Este reglamento, aprobado el 28 de junio del 2000 por el Secretario de Estado, Ángel Morey, fue emitido por el Departamento de Transportación y Obras Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Su propósito principal es prohibir la ubicación y operación de vendedores, dueños u operadores de negocios ambulantes en las vías públicas estatales de Puerto Rico. La normativa se fundamenta en diversas leyes, incluyendo la Ley de Municipios Autónomos y la Ley de Administración, Conservación y Policía de las Carreteras Estatales. Aplica a todas las carreteras estatales identificadas en los registros oficiales, buscando preservar su uso y seguridad. Define "negocio ambulante" como cualquier operación comercial de venta al detal de bienes y servicios, sin establecimiento fijo y permanente, realizada en unidades móviles, a pie o a mano, o desde lugares sin conexión continua a servicios básicos. El reglamento prohíbe explícitamente el establecimiento de tinglados, kioscos o puestos de ventas fijos, movibles o temporeros, así como cualquier operación comercial continua o temporera de este tipo en las carreteras estatales, sus paseos y márgenes. Además, establece un proceso de vista administrativa para cualquier persona afectada por sus disposiciones.

Contenido del Reglamento

Núm.6172
Fecha:28 de junio del 2000
Aprobado:ANGEL MOREY
SECRETARIO DE ESTADO
Por:
Secretario

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS

REGLAMENTO

PARA PROHIBIR A VENDEDORES, DUEÑOS U OPERADORES DE NEGOCIOS AMBULANTES UBICARSE U OPERAR EN LAS VÍAS PÚBLICAS ESTATALES DE PUERTO RICO

ÍNDICE PÁGINA

ARTÍCULO I BASE LEGAL 1 ARTÍCULO II APLICABILIDAD 1 ARTÍCULO III PROPÓSITO 1 ARTÍCULO IV DEFINICIONES 1-2 ARTÍCULO V CONSERVACIÓN DE LAS CARRETERAS 2-3 ARTÍCULO VI VISTA ADMINISTRATIVA 2-...

Page 1

Crea una Cuenta Gratis

Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.

Sin tarjeta de crédito