Agencia:
Autoridad de Carreteras y Transportación
Número:
6169
Estado:
Activo
Año:
2000
Fecha:
26 de junio de 2000
El Reglamento 02-016 de la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico establece las normas para el personal irregular. Esta normativa surge de la necesidad de la Autoridad de contar con empleados para tareas de duración determinable, cíclica o intermitente, que no justifican la creación de puestos permanentes. Dado que las regulaciones de personal permanente no aplican a estos trabajadores, el reglamento busca asegurar un trato justo, equitativo y uniforme. Su propósito principal es definir las condiciones de empleo, retribución, deberes y derechos de este personal, así como las pautas para su reclutamiento y pago. Adoptado conforme a la Ley Núm. 74 de 1965, el reglamento es aplicable exclusivamente a los empleados irregulares, sin que su aplicación confiera derechos incompatibles con la naturaleza de su nombramiento temporal. Se define al personal irregular como aquel cuyo trabajo es intermitente, imprevisto, con fecha de terminación o de jornada parcial, que no justifica un puesto regular.
Departamento de Transportación y Obras Públicas AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACIÓN Nivel 6169 JUN 26 2000
Aprobada: ANGEL MOREY TABLA DE CONTENIDO SECRETARIO DE ESTADO Porte ño a la renta y Seguratio Anstilar de Servicios Artículo I. Introducción ...................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................
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