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Reglamentos/Agencias/Autoridad de Carreteras y Transportación/Reglamento 6096

Reglamento 6096

Activo

Reglamento 07-004, Realojo de Afectados por Proyectos de Construcción de Carreteras con Participación de Fondos Federales

Información del Reglamento

Agencia:

Autoridad de Carreteras y Transportación

Número:

6096

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

2000

Fecha:

10 de febrero de 2000

Descripción

Este reglamento, emitido por el Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico, establece las normas para el realojo de personas y entidades afectadas por proyectos de construcción de carreteras. Su propósito principal es regular los procesos de reubicación de familias, dueños de negocios y organizaciones sin fines de lucro impactadas por obras viales que cuenten con participación de fondos federales. El documento también detalla los procedimientos disponibles para que los afectados puedan apelar las decisiones de la Agencia que generen controversia. Se enmarca dentro de la encomienda del Secretario de Transportación y Obras Públicas de planificar y administrar programas de transportación, incluyendo la adquisición de propiedades. La base legal para su promulgación incluye la Ley de la Autoridad de Carreteras y Transportación y otras leyes pertinentes. Además, el reglamento define términos clave relacionados con la adquisición de propiedades y el proceso de realojo.

Contenido del Reglamento

Gobierno de Puerto Rico

Departamento de Transportación y Obras Públicas AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACION

Reglamento Núm.: 07-004 Núm. 6096 Realojo de Afectados por Proyectos de Construcción de Carreteras con Participación de Fondos Federales Aprobado: 4/12/2008 TABLA DE CONTENIDO Pob. Secretario Auxiliar de Servicios

Artículo I -Introducción .......................................................................................................................................................................................................................................................

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