Agencia:
Junta de Gobierno del Servicio 9-1-1
Número:
6056
Estado:
Activo
Año:
1999
Fecha:
9 de diciembre de 1999
Este reglamento, aprobado el 9 de diciembre de 1999, establece las normas para que la Junta de Gobierno del Servicio 9-1-1 efectúe pagos por anticipado de bienes y servicios. Se fundamenta en la Ley Núm. 144 de 1994, conocida como Ley de Llamadas 9-1-1, y tiene como propósito principal regular los procedimientos para estos desembolsos anticipados.
El documento define términos clave como "Junta", "Director Ejecutivo" y "Oficial Pagador Especial". Detalla una lista específica de conceptos para los cuales se autorizan pagos por anticipado. Estos incluyen suscripciones a publicaciones, alquiler de apartados de correo, compra de sellos, alquiler y mantenimiento de máquinas de franqueo, y pagos a agencias del Gobierno Federal que requieran adelantos.
También permite el pago anticipado de alquiler de locales, primas de seguros, cuotas a asociaciones técnicas o profesionales, compra de libros, inspecciones vehiculares, deducibles de seguros por accidentes, boletos de peaje y tarjetas prepagadas. Además, el Director Ejecutivo puede solicitar a la Directora de Presupuesto y Finanzas la autorización para otros pagos anticipados de bienes o servicios, siempre que sea necesario para la Junta.
TABLA DE CONTENIDO ARTICULO I: BASE LEGAL ..... 1 ARTICULO II: TITULO ..... 1 ARTICULO III: PROPOSITO ..... 1 ARTICULO IV: DEFINICIONES ..... 1 ARTICULO V: INSTRUCCIONES ESPECIFICAS ..... 2 ARTICULO VI: DISPOSICIONES GENERALES ..... 3 ARTICULOVIII: CLAUSULA DE SALVEDAD ..... 4 ARTICULO VIII: SEPARABILIDAD ..... 4 ARTICULO IX: VIGENCIA ..... 4
Núm. 6056 Fecha: 9 diciembre 1999 Aprobado: $\quad$ ANGEL MOREY SECRETARIO DE ESTADO Por: $\square$ Secretario Auxiliar de Seryisios
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