CodeXpr
Beta v0.7
BuscarStudio | Chat¿Cómo Funciona?Acerca de
LeyesCasosReglamentosÓrdenes EjecutivasBúsqueda

© 2026 CodeXpr. All rights reserved.

Terms of UseSupport

Powered by NeoInertia

Reglamentos/Agencias/Junta de Gobierno del Servicio 9-1-1/Reglamento 5955

Reglamento 5955

Activo

Reglamento de Receptores Oficiales y Auxiliares: cubre funciones y responsabilidades, obligaciones de la Junta de Gobierno del Servicio 9-1-1, nombramiento de los receptores, y penalidades. .

Información del Reglamento

Agencia:

Junta de Gobierno del Servicio 9-1-1

Número:

5955

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1999

Fecha:

4 de mayo de 1999

Descripción

Este reglamento establece las normas para la designación y operación de los Receptores Oficiales y Auxiliares de la Junta de Gobierno del Servicio 9-1-1 de Puerto Rico. Su propósito principal es delegar en personal adiestrado la recepción de bienes, obras y servicios adquiridos, garantizando una administración contractual uniforme y eficiente. La base legal del reglamento es la Ley Núm. 144 de 1994, conocida como Ley de Llamadas 9-1-1.

Para ser designado Receptor Oficial o Auxiliar, el candidato debe ser un funcionario de carrera, haber completado la escuela superior, aprobar un adiestramiento básico y ser nombrado por el Director Ejecutivo. Se nombra un Receptor Oficial y los Auxiliares necesarios, quienes colaboran y pueden sustituir al Oficial en su ausencia.

Entre las responsabilidades clave de estos receptores se incluyen conocer y cumplir las normas de recibo, completar formularios, cotejar bienes con documentos de solicitud, mantener un inventario y reportar irregularidades. La Junta de Gobierno del Servicio 9-1-1 tiene la obligación de adiestrar a los candidatos, ofrecer orientación continua, fiscalizar su labor, y proveer los mecanismos y lugares seguros para la custodia de los bienes recibidos. Además, debe establecer normas internas para la conservación y asegurar la supervisión adecuada de los Receptores Auxiliares. La Junta nombrará los receptores necesarios según la cantidad y valor de los bienes y servicios adquiridos.

Contenido del Reglamento

GOBIERNO DE PUERTO RICO JUNTA DE GOBIERNO DEL SERVICIO 9-1-1 Secretario Auxiliar de Servicios Reglamento de Receptores oficiales y Auxiliares

ARTICULO I. BASE LEGAL

Este reglamento se adopta en virtud de la Ley Núm. 144, del 22 de diciembre de 1994, según enmendada conocida como Ley para la Atención Rápida de Llamadas de Emergencias de Seguridad Pública o Ley de Llamadas 9-1-1.

ARTICULO II. TITULO

Este reglamento se conocerá como el "Reglamento de los Receptores Oficiales y Auxiliares de la Junta de Gobierno del Servicio 9-1-1.

ARTICULO III. PROPOSITO

La figura del Receptor Of...

Page 1

Crea una Cuenta Gratis

Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.

Sin tarjeta de crédito