Agencia:
Departamento de Hacienda
Número:
5924
Estado:
Activo
Año:
1999
Fecha:
26 de febrero de 1999
Reglamento del Departamento de Hacienda de Puerto Rico que implementa la Sección 6181 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994. Establece la obligación de los patronos de depositar las contribuciones sobre ingresos deducidas y retenidas de los salarios de sus empleados. El documento detalla el tiempo y la manera de realizar estos depósitos, exigiendo que se hagan de forma separada y acompañados del Formulario 499.R-1 (Cupón de Depósito de Contribución Retenida sobre Salarios). Los depósitos deben efectuarse en instituciones bancarias autorizadas o Colecturías de Rentas Internas. A partir del 1 de enero de 1999, los patronos se clasifican como depositantes mensuales o bisemanales, una determinación anual bajo su responsabilidad. El reglamento también describe el proceso para obtener los cupones de depósito y define la fecha en que se considera realizado el mismo, ya sea por sello de la institución o matasellos postal.
TITULO: Reglamento para implantar las disposiciones de la Sección 6181 de la Ley Núm. 120 de 31 de octubre de 1994, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994", promulgado al amparo de la Sección 6130 del Código que faculta al Secretario de Hacienda a adoptar los Reglamentos necesarios para poner en vigor dicho Código.
CONTENIDO: Página Artículo 6181-1 ..... 1 Artículo 6181-2 ..... 2 EFECTIVIDAD ..... 9
5924
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