Agencia:
Junta de Planificación de PR
Número:
4046
Estado:
Activo
Año:
1999
Fecha:
8 de noviembre de 1999
La Junta de Planificación de Puerto Rico está autorizada por ley para preparar y adoptar planes de usos de terrenos, incluyendo planes viales para diversas escalas geográficas. En 1981 y 1982, se adoptó y aprobó el Plan Vial y otros elementos del Plan de Usos de Terrenos y Transportación para la Región Metropolitana de San Juan, que ilustra vías propuestas. La Autoridad de Carreteras propuso una enmienda a este plan para construir un conector entre la Central Canóvanas y la Comunidad San Isidro en el Municipio de Canóvanas.
Inicialmente, se presentaron las alternativas A y B, ubicadas en zonas susceptibles a inundaciones, las cuales fueron discutidas en una vista pública el 25 de mayo de 1988. Posteriormente, el 8 de julio de 1988, la Autoridad de Carreteras sometió una nueva ruta, denominada Alterna C, considerándola la más conveniente. La Alterna C se inicia en el Kilómetro 1.6 de la Carretera PR-188, atraviesa la Comunidad Palmarejo y terrenos de la Autoridad de Tierras, siguiendo una ruta que incorpora tramos de las alternativas A y B. Finalmente, la Alterna C empalma con la PR-951 en el Kilómetro 2.0, cerca del futuro Puente #441 sobre el Río Grande de Loíza. Este documento detalla la justificación y las características de las rutas propuestas para esta tercera enmienda al Plan Vial.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DEL GOBERNADOR JUNTA DE PLANIFICACION SANTURCE, PUERTO RICO $\frac{4046}{2016}$ Aprobado: Sila M. Ca'de-ón Secretario de Estado Por Presidencia Auxiliar de Estado POR CUANTO: La Ley orgánica de la Junta de Planificación de Puerto Rico, Ley Número 75 del 24 de junio de 1975, según enmendada autoriza a la Junta de Planificación a preparar y adoptar planes de usos de terrenos que pueden ser regionales, urbanos rurales, municipales $y$ de otras escalas geográficas.
POR CUANTO: Los planes de usos de terrenos designarán la distribución, localización, ext...
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