Agencia:
Autoridad de Desperdicios Sólidos
Número:
5864
Estado:
Activo
Año:
1998
Fecha:
1 de octubre de 1998
La Primera Enmienda al Reglamento Interno de la Junta Administrativa de Aceite Usado, aprobada por la Secretaria de Estado el 20 de mayo de 1999, tiene como objetivo principal optimizar el funcionamiento de dicha Junta. Su propósito es otorgar mayor flexibilidad en la programación de las Reuniones Ordinarias, permitiendo a la Junta cumplir sus funciones y responsabilidades de manera más eficaz. Esta modificación se fundamenta en la Ley para el Manejo Adecuado de Aceite Usado en Puerto Rico (Ley Núm. 172 de 1996).
Específicamente, se enmienda el Artículo 9 inciso
(b) del Reglamento, eliminando la obligación de reunirse el primer martes de cada mes. Ahora, las Reuniones Ordinarias se llevarán a cabo con regularidad y serán anunciadas a sus miembros con quince días de antelación. Además, el Presidente podrá convocar la reunión para una fecha distinta, notificando el cambio por escrito con no menos de veinticuatro horas de antelación. El Reglamento entrará en vigor treinta días después de su radicación y podrá ser enmendado por mayoría absoluta de los miembros de la Junta.
Nóm. 5364 Fechal 20/05/1999 Aprobado: Norma Burgess Secretaria de Estado Por: Secretario Auxiliar de Servicios PRIMERA ENMIENDA AL REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA ADMINISTRATIVA DE ACEITE USADO
INDICE
CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES 1
Artículo 1. Título 1
Artículo 2. Poder de Reglamentación 1
Artículo 3. Propósito 1
CAPITULO II: PRIMERA ENMIENDA AL REGLAMENTO 1
Artículo 4. Enmienda 1
CAPITULO III: DE LA VIGENCIA Y ENMIENDAS 2
Artículo 5. Vigencia 2
Artículo 6. Enmiendas 2
Artículo 1. Título Este Reglamento se conoce como "Reglamento In...
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