Agencia:
Instituto de Cultura Puertorriqueña
Número:
5778
Estado:
Activo
Año:
1998
Fecha:
2 de abril de 1998
El Reglamento de Recaudación del Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP) establece las normas y procedimientos esenciales para la gestión de fondos. Su objetivo principal es regir las operaciones de recaudo, depósito, control y contabilidad de los ingresos generados por la institución. Estos fondos son recaudados por Recaudadores Oficiales y Auxiliares designados por el Director Ejecutivo del ICP. La institución, creada por la Ley Núm. 89 de 1955, es una entidad autónoma encargada de conservar y promover los valores culturales puertorriqueños. En el ejercicio de sus funciones, el ICP desarrolla actividades que producen ingresos propios, los cuales son utilizados para financiar sus gastos operativos y programas. Este reglamento es indispensable para asegurar una ejecución correcta y efectiva de las gestiones de recaudación. Detalla disposiciones generales y específicas sobre recaudaciones y depósitos, así como los deberes y obligaciones de los distintos roles involucrados en el proceso.
INSTITUTO DE CULTURA PUERTORRIQUEÑA
577 CONTENIDO PAGINA ARTICULO 1 - Introducción ..... 1 ARTICULO 2 - Denominación y Objetivos, Base Legal y Aplicabilidad ..... 1 Sección 2.1 - Denominación y Objetivo ..... 1 Sección 2.2 - Base Legal ..... 2 Sección 2.3 - Aplicabilidad ..... 2 ARTICULO 3 - Interpretación de Términos ..... 2 ARTICULO 4 - Disposiciones Generales ..... 4 ARTICULO 5 - Disposiciones Específicas sobre Recaudaciones ..... 11 ARTICULO 6 - Recaudaciones y Depósitos ..... 14 Sección 6.1 - Recaudaciones ..... 14 Sección 6.2 - Depósitos ....
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito