Agencia:
Departamento de Justicia
Número:
5763
Estado:
Activo
Año:
1998
Fecha:
2 de marzo de 1998
El Departamento de Justicia, a través del Registro de la Propiedad de Puerto Rico, establece un reglamento para crear una nueva Sección del Registro de la Propiedad en Carolina y modificar la demarcación territorial de las Secciones de Carolina I y Carolina II. La nueva Sección de Carolina III se ubicará en el municipio de Carolina y comprenderá los municipios de Loíza, Canóvanas y Río Grande. Por su parte, la Sección de Carolina I mantendrá su sede en Carolina, abarcando los Barrios de Cangrejos Arriba y Sabana Abajo de dicho municipio. La Sección de Carolina II, también en Carolina, incluirá los Barrios Hoyo Mulas, San Antón, Martín González, Trujillo Alto, Cacao, Santa Cruz, Canovanillas, Barrazas, Cedro, Carruzos y Carolina Pueblo. Este reglamento dispone el traslado de todos los documentos relacionados con Loíza desde Carolina I, y los de Canóvanas y Río Grande desde Carolina II, hacia la nueva Sección de Carolina III. La medida se fundamenta en la Ley Núm. 198 del 8 de agosto de 1979 y entrará en vigor treinta días después de su publicación en periódicos de circulación general.
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|---|---|
| CONTENIDO | PAGINA |
| Artículo 1 | 1 |
| Artículo 2 | 1 |
| Artículo 3 | 1 |
| Artículo 4 | 1 |
| Artículo 5 | 1 |
| Artículo 6 | 1 |
| Artículo 7 | 2 |
| Aprobación | 2 |
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PUERTO RICO
REGLAMENTO PARA CREAR UNA NUEVA SECCION DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PUERTO RICO EN CAROLINA Y ENMENDAR EL REGLAMENTO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE PUERTO RICO PARA MODIFICAR LA DEMARCACION TERRITORIAL DE LAS SECCIONES DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE CAROLINA I Y CAROLINA...
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