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Reglamentos/Agencias/Autoridad de Tierras de PR/Reglamento 5657

Reglamento 5657

Activo

Reglamento de la Junta de Apelaciones de la Autoridad y de la Corporación.

Información del Reglamento

Agencia:

Autoridad de Tierras de PR

Número:

5657

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1997

Fecha:

24 de julio de 1997

Descripción

Este reglamento establece las normas y procedimientos que rigen la Junta de Apelaciones de la Autoridad de Tierras y la Corporación Azucarera de Puerto Rico. Su base legal se fundamenta en la Ley Núm. 26 de 1941, la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (Ley Núm. 170 de 1988) y la Ley de Personal del Servicio Público (Ley Núm. 5 de 1975). El documento define la organización de la Junta, incluyendo los deberes del Presidente y del Secretario, así como las facultades que le son conferidas. Detalla exhaustivamente el proceso para la tramitación de apelaciones y querellas, desde su presentación hasta la notificación de escritos y mociones. Asimismo, especifica los procedimientos para el señalamiento de vistas, citaciones, conferencias previas a la vista, la presentación de evidencia y la emisión de resoluciones. Finalmente, aborda la notificación de dichas resoluciones, la posibilidad de revisión judicial y la aplicación de órdenes remediales, asegurando un marco claro para la resolución de disputas administrativas.

Contenido del Reglamento

AUTORIDAD DE TIERRAS DE PUERTO RICO

5457

REGLAMENTO DE LA JUNTA DE APELACIONES DE LA AUTORIDAD DE TIERRAS Y LA CORPORACION AZUCARERA DE PUERTO RICO

Page 1

I N D I C E

$565^{\circ}$ ARTICULO I BASE LEGAL ..... 1 ARTICULO II DEFINICIONES ..... $1-2$ ARTICULO III ORGANIZACIÓN DE LA JUNTA ..... $2-3$ ARTICULO IV DEBERES DEL PRESIDENTE ..... $3-4$ ARTICULO V DEBERES DEL SECRETARIO ..... 4 ARTICULO VI FACULTAD DE LA JUNTA ..... $4-5$ ARTICULO VII APELACIONES ..... $6-7$ ARTICULO VIII QUERELLAS ..... $7-8$ ARTICULO IX NOTIFICACIÓN DE ESCRITOS Y MOCIONES ..... 8 ARTICULO X SEÑALAMIENTO .......

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