Agencia:
Autoridad de Tierras de PR
Número:
5657
Estado:
Activo
Año:
1997
Fecha:
24 de julio de 1997
Este reglamento establece las normas y procedimientos que rigen la Junta de Apelaciones de la Autoridad de Tierras y la Corporación Azucarera de Puerto Rico. Su base legal se fundamenta en la Ley Núm. 26 de 1941, la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (Ley Núm. 170 de 1988) y la Ley de Personal del Servicio Público (Ley Núm. 5 de 1975). El documento define la organización de la Junta, incluyendo los deberes del Presidente y del Secretario, así como las facultades que le son conferidas. Detalla exhaustivamente el proceso para la tramitación de apelaciones y querellas, desde su presentación hasta la notificación de escritos y mociones. Asimismo, especifica los procedimientos para el señalamiento de vistas, citaciones, conferencias previas a la vista, la presentación de evidencia y la emisión de resoluciones. Finalmente, aborda la notificación de dichas resoluciones, la posibilidad de revisión judicial y la aplicación de órdenes remediales, asegurando un marco claro para la resolución de disputas administrativas.
REGLAMENTO DE LA JUNTA DE APELACIONES DE LA AUTORIDAD DE TIERRAS Y LA CORPORACION AZUCARERA DE PUERTO RICO
$565^{\circ}$ ARTICULO I BASE LEGAL ..... 1 ARTICULO II DEFINICIONES ..... $1-2$ ARTICULO III ORGANIZACIÓN DE LA JUNTA ..... $2-3$ ARTICULO IV DEBERES DEL PRESIDENTE ..... $3-4$ ARTICULO V DEBERES DEL SECRETARIO ..... 4 ARTICULO VI FACULTAD DE LA JUNTA ..... $4-5$ ARTICULO VII APELACIONES ..... $6-7$ ARTICULO VIII QUERELLAS ..... $7-8$ ARTICULO IX NOTIFICACIÓN DE ESCRITOS Y MOCIONES ..... 8 ARTICULO X SEÑALAMIENTO .......
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito