Agencia:
Departamento de Salud
Número:
5640
Estado:
Activo
Año:
1997
Fecha:
4 de junio de 1997
El Departamento de Salud de Puerto Rico establece este reglamento bajo la Ley 51 del 7 de junio de 1996, con el propósito de fijar los procedimientos para la provisión de servicios educativos integrales a personas con impedimentos. Se fundamenta en el reconocimiento del derecho de esta población a recibir una educación apropiada que los capacite para la vida, apoyándose también en leyes federales como IDEA y ADA. El documento detalla la base legal y la filosofía que guía la prestación de servicios.
El reglamento especifica los procesos clave para la prestación de servicios, abarcando la orientación, localización y registro de individuos, así como la evaluación diagnóstica desde el nacimiento y en etapas posteriores. También establece los criterios para la determinación de elegibilidad, la revisión de casos y la continuidad de los servicios, incluyendo la transición entre etapas. Además, incorpora garantías fundamentales para las personas con impedimentos y sus familias, como la protección de procedimientos, la confidencialidad de la información y el manejo de quejas y querellas. Aborda la coordinación interinstitucional, la capacitación del personal y la recopilación de datos, reafirmando una política no discriminatoria en la provisión de todos los servicios.
| CONTENIDO | PAGINA | |
|---|---|---|
| ARTICULO I | PROPOSITO | 1 |
| ARTICULO II | BASE LEGAL | 1 |
| ARTICULO III | FILOSOFIA | $1-2$ |
| ARTICULO IV | APLICABILIDAD | 2 |
| ARTICULO V | DEFINICIONES | $2-6$ |
| ARTICULO VI | PRESTACION DE SERVICIOS | 6 |
| Sección 1: Orientación | 7 | |
| Sección 2: Localización y Registro | 7 | |
| Sección 3: Evaluación | 7 | |
| ... |
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