Agencia:
Departamento de Estado
Número:
5571
Estado:
Activo
Año:
1997
Fecha:
3 de abril de 1997
Este reglamento de ética, emitido por la Junta de Corredores, Vendedores y Empresas de Bienes Raíces de Puerto Rico, establece las normas que rigen la conducta de los corredores, vendedores y empresas del sector. Su propósito principal es regular la profesión, asegurando prácticas justas y transparentes. Se adopta bajo la autoridad de la Ley Núm. 10 del 26 de abril de 1994, conocida como "Ley para Reglamentar el Negocio de Bienes Raíces". El documento define términos clave y detalla las responsabilidades éticas fundamentales. Entre estas se incluye la obligación de mantenerse informado sobre las leyes pertinentes, proteger los intereses del cliente principal sin perjudicar a terceros, y evitar obtener ventajas injustas o generar controversias. Además, exige transparencia en la obtención de compensaciones y prohíbe ocultar información relevante sobre las propiedades. Un punto crucial es la prohibición de discriminar por razones de sexo, color, raza, religión, incapacidad, nacionalidad o edad al ofrecer servicios profesionales.
PAGINA
ARTICULO 1 PROPOSITO ..... 1 ARTICULO 2 AUTORIDAD LEGAL ..... 1 ARTICULO 3 DEFINICIONES ..... $1-2$ ARTICULO 4 CONDUCTA DE ETICA REQUERIDA AL CORREDOR Y VENDEDOR DE BIENES RAICES RESPONSABILIDAD DEL CORREDOR Y VENDEDOR ..... $2-4$ ARTICULO 5 CONDUCTA ETICA DEL CORREDOR ..... 4 ARTICULO 6 SEPARABILIDAD ..... 4 ARTICULO 7 VIGENCIA ..... 5
DEPARTAMENTO DE ESTADO JUNTA DE CORREDORES, VENDEDORES Y EMPRESAS DE BIENES RAICES
REGLAMENTO DE ETICA
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Aprobado: Norma Burgos Secretaria de Estado Por: Secretario Auxiliar de Servicios
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