Agencia:
Departamento del Trabajo y Recursos Humanos
Número:
5512
Estado:
Activo
Año:
1996
Fecha:
14 de noviembre de 1996
La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) emite una enmienda técnica a sus regulaciones de Equipo de Protección Personal (PPE) para la industria general. Esta enmienda se enfoca en las secciones 1910.133, 1910.135 y 1910.136, que rigen la protección de ojos, cara, cabeza y pies. En la regla final de 1994, se eliminó la frase introductoria "el patrono deberá garantizar" de estas disposiciones específicas. Aunque la intención de OSHA era que la obligación del patrono de asegurar el uso de PPE permaneciera, como se establece en la sección general 1910.132, esta omisión generó dificultades para el personal de cumplimiento. Por lo tanto, la enmienda restablece explícitamente la responsabilidad del patrono de garantizar que los empleados usen el equipo de protección designado en dichas secciones. Esto alinea el texto con la intención original de la agencia, asegurando que cada disposición de PPE sea independiente y facilitando su aplicación. La enmienda entrará en vigor el 3 de junio de 1996.
Federal Register, Vol. 61, No. 86, Thursday, May 2, 1996/Rules and Regulations Registro Federal, Vol. 61, Núm. 86, jueves, 2 de mayo de 1996/Reglas y Reglamentos
DEPARTAMENTO DEL TRABAJO Administración de Seguridad y Salud Ocupacional 29 CFR Parte 1910 [Docket No. S-060]
RIN 1218-AA71 Equipo de Protección Personal para la Industria General
AGENCIA: Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA); Trabajo
ACCION: Regla final; enmienda técnica.
SUMARIO: La regla final sobre equipo de protección personal para la industria general fue publicada por OSHA el 6 de abril de 1994 (59 FR 163...
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