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Reglamentos/Agencias/Banco Gubernamental de Fometo para PR/Reglamento 5507

Reglamento 5507

Activo

Deroga el Reglamento 3823, Consideración de solicitudes de financiamiento para el desarrollo de proyectos elegibles; y el Reglamento 4475, Excepciones a la Ley del Idioma Español.

Información del Reglamento

Agencia:

Banco Gubernamental de Fometo para PR

Número:

5507

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1996

Fecha:

4 de noviembre de 1996

Descripción

La Junta de Directores de la Autoridad para el Financiamiento de Facilidades Industriales, Turísticas, Educativas, Médicas y de Control Ambiental de Puerto Rico (AFIFITECA) emitió un reglamento para la derogación de su reglamentación de funcionamiento interno. Este reglamento, identificado con el número 5507, fue aprobado en 1996. Su adopción se fundamenta en la autoridad conferida por el Artículo 5, inciso

(a) de la Ley Número 121 del 27 de junio de 1977, según enmendada. Asimismo, cumple con las disposiciones de la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988, también enmendada. La iniciativa se enmarca dentro de un proceso de revisión de la reglamentación de las agencias gubernamentales. El documento detalla la base legal y la vigencia de esta derogación.

Contenido del Reglamento

GOBIERNO DE PUERTO RICO BANCO GUBERNAMENTAL DE FOMENTO PARA PUERTO RICO

5507 REGLAMENTO PARA LA DEROGACIÓN DE REGLAMENTACIÓN DE FUNCIONAMIENTO INTERNO LA AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE FACILIDADES INDUSTRIALES, TURÍSTICAS, EDUCATIVAS, MÉDICAS Y DE CONTROL AMBIENTAL DE PUERTO RICO

Page 1

INDICE

5507

Página

SECCIÓN 1 BASE LEGAL Y PROPÓSITO ..... $1-4$ SECCIÓN 2 VIGENCIA ..... 4

Page 2

4 de sum. 507 Fecha de 1996 3:40p.15. Aprobado: Porma K. Bungas

Secretaria de Estado Por: Sunder de Federico

Secretaria Auxiliar de Estado

GOBIERNO DE PUERTO RICO AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENT...

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