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Reglamentos/Agencias/Departamento de Salud/Reglamento 5422

Reglamento 5422

Activo

Reglamento para el Ejercicio de la Técnica de Emergencias Médicas.

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Salud

Número:

5422

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1996

Fecha:

6 de mayo de 1996

Descripción

El presente reglamento establece las normas para el ejercicio de la Técnica de Emergencias Médicas en Puerto Rico, fundamentado en la Ley 46 del 30 de mayo de 1972, que otorga al Secretario de Salud la autoridad para definir requisitos y sanciones. Detalla las definiciones esenciales de "Técnico de Emergencias Médicas" y "Paramédico", incluyendo su formación y acreditación. El documento abarca los requisitos para la obtención de licencias, tanto para el nivel Básico como para el Paramédico, y los procedimientos para exámenes de reválida y aprobación de cursos. Asimismo, especifica las funciones de cada nivel de técnico y los criterios para la denegación, suspensión o revocación de licencias. Se establecen también los procesos para la renovación, licencias provisionales y sin examen, además de las penalidades y los procedimientos administrativos para vistas y apelaciones.

Contenido del Reglamento

REGLAMENTO PARA EL EJERCICIO DE LA TECNICA DE EMERGENCIAS MEDICAS

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TABLA DE CONTENIDO

Artículo I - Del Nombre ..... 1 Artículo II - Definiciones ..... 1 Artículo III - Objetivos Generales ..... 3 Artículo IV - Objetivos Específicos ..... 4 Artículo V - Licencia ..... 4 Artículo VI - Requisitos y/o documentos necesarios para solicitar examen de reválida ..... 8 Artículo VII - Requisitos para aprobación de cursos preparatorios en Emergencias Médicas ..... 9 Artículo VIII - Exámenes ..... 10 Artículo IX - Requisitos para obtener la licencia de Técnico de Emergencias Médicas Básico .......

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