Agencia:
Departamento de la Familia
Número:
5421
Estado:
Activo
Año:
1996
Fecha:
2 de mayo de 1996
Este reglamento, adoptado por el Administrador de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME), establece las normas para la retención de reintegros contributivos estatales. Su propósito principal es asegurar el cobro de pensiones alimentarias atrasadas, utilizando los reintegros de impuestos como mecanismo de compensación. La normativa se fundamenta en la Ley Número 5 de 1986 y se alinea con los requisitos de la Ley Número 170 de 1988. Define términos clave como "Alimentante Deudor", refiriéndose a quien adeuda un mes o más de pensión, y "Acreedor Alimentista". El reglamento detalla el proceso, que incluye la notificación al deudor sobre la posible retención de su reintegro contributivo. También contempla el derecho del deudor a objetar dicha retención, estableciendo los procedimientos para ello. Posteriormente, se describen los referidos al Secretario de Hacienda para ejecutar la retención y la confidencialidad de la información. Finalmente, se especifican las directrices para la retención efectiva de los fondos por parte del Secretario de Hacienda y su posterior distribución por el Administrador de ASUME a los acreedores alimentistas.
TITULO PAGINA Base Legal y Propósito ..... 1 Título Corto ..... 1 Sección I Definiciones ..... $1-4$ Sección II Notificación al Alimentante Deudor ..... $4-6$ Sección III Objeción a la Retención de Reintegros Contributivos ..... $6-7$ Sección IV Referidos al Secretario de Hacienda ..... 8 Sección V Confidencialidad de la Información ..... $8-9$ Sección VI Retención de Reintegros Contributivos por ..... $9-11$ el Secretario de Hacienda Sección VII Distribución de Reintegros Contributivos ..... $11-12$ por...
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