Agencia:
Ofic. Procuradora de las Personas de Edad Avanzada
Número:
5340
Estado:
Activo
Año:
1995
Fecha:
29 de noviembre de 1995
Este reglamento, aprobado en febrero de 2010 por la Oficina del Gobernador para los Asuntos de la Vejez de Puerto Rico, establece la política pública contra el hostigamiento sexual. Su propósito principal es garantizar un ambiente laboral de dignidad, respeto y seriedad, promoviendo una convivencia sana y la igualdad de condiciones para todos sus funcionarios y empleados. El documento se fundamenta en diversas leyes federales y de Puerto Rico que prohíben la discriminación por razón de sexo y protegen los derechos laborales. Declara que el hostigamiento sexual es una violación de la dignidad humana y una forma de discriminación, repudiando y prohibiendo explícitamente esta práctica en la oficina. Para ello, el reglamento detalla un procedimiento interno de querellas, medidas provisionales, vistas administrativas y posibles sanciones disciplinarias. Su aplicabilidad abarca a todo el personal de la Oficina del Gobernador para los Asuntos de la Vejez, reafirmando el compromiso de la entidad con un entorno libre de acoso.
2 de 2010
Aprobado: Norma E. Dmygs Secretario de Estado
Por: Leueler I. Astuelma
REGLAMENTO DE IMPLANTACION DE POLITICA PUBLIGerctaria Auxiliar de Estado CONTRA EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL
INDICE
| Artículo I | Título |
|---|---|
| Artículo II | Base Legal |
| Artículo III | Aplicabilidad |
| Artículo IV | Propósito |
| Artículo V | Política Pública |
| Artículo VI | Definiciones |
| Artículo VII | Procedimiento Interno de Querellas |
| Artículo VIII | Medidas Provisionales |
| Artículo IX | Notificación de Formulación de Cargos |
| y Citación a Vista Administrativa ... |
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