Agencia:
Oficina de Asuntos de la Juventud
Número:
5314
Estado:
Activo
Año:
1995
Fecha:
24 de octubre de 1995
El Gobierno de Puerto Rico, a través de la Oficina de Asuntos de la Juventud, ha promulgado enmiendas a los Artículos 5 y 6 del Reglamento Núm. 5125, conocido como el "Reglamento de Vales Meritorios". Estas modificaciones tienen como objetivo principal incrementar la participación de jóvenes en el programa de vales. Asimismo, buscan mejorar la eficiencia operativa y asegurar la imparcialidad en la evaluación y adjudicación de los vales meritorios. Un propósito adicional es garantizar que los beneficiarios, ya sean personas jurídicas o entidades gubernamentales, cumplan con los criterios económicos establecidos por el programa. La enmienda al Artículo 5, en particular, establece la creación de un Comité de Vales, compuesto por al menos tres personas designadas por el Director, cuya función será evaluar y estudiar las solicitudes. Estas revisiones buscan fortalecer la administración y la equidad en la distribución de los vales.
GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DE ASUNTOS DE LA JUVENTUD SAN JUAN, PUERTO RICO
PARA ENMENDAR LOS ARTICULOS 5 Y 6 DEL REGLAMENTO NOM. 5125 CONOCIDO COMO REGLAMENTO DE VALES MERITORIOS DE LA OFICINA DE ASUNTOS DE LA JUVENTUD
PARA ENMENDAR LOS ARTICULOS 5 Y 6 DEL REGLAMENTO NÚM. 5125 CONOCIDO COMO REGLAMENTO DE VALES MERITORIOS DE LA OFICINA DE ASUNTOS DE LA JUVENTUD
TABLA DE CONTENIDO
Página
Articulo 1 - Titulo ..... 1 Articulo 2 - Base Legal ..... 1 Articulo 3 - Propósito ..... 1 Articulo 4 - Enmiendas ..... 1 Articulo 5 - Vigencia ..... 2
2...
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