Agencia:
Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda
Número:
5213
Estado:
Activo
Año:
1995
Fecha:
30 de marzo de 1995
Este documento presenta una enmienda al Reglamento Número 5048, que regula la Nueva Operación de Vivienda en Puerto Rico, aprobada el 30 de marzo de 1995. La modificación se enfoca en el Artículo 13, estableciendo las especificaciones y el precio de venta de las unidades de vivienda de interés social, en cumplimiento con la Ley Número 121 del 10 de diciembre de 1993. Define la unidad básica de vivienda como una estructura de 788 pies cuadrados habitables, que incluye sala, cocina, comedor, tres habitaciones, un baño, estacionamiento y área de lavandería, sobre un solar mínimo de 250 metros cuadrados para casas terreras. El reglamento clasifica los municipios en cuatro grupos, asignando un precio máximo de venta para esta unidad básica. Los precios varían desde $45,750.00 para el Grupo I, que incluye numerosos municipios como Adjuntas y Aguada, hasta $52,175.00 para el Grupo IV, que abarca municipios como Bayamón y Dorado. Estas disposiciones buscan regular los costos de las viviendas de interés social, asegurando su accesibilidad y cumplimiento con las normativas de construcción.
5213
TITULO: $\quad$| Enmienda al Reglamento de la Nueva Operación | | :-- | | de Vivienda (Ley Número 47 del 26 de junio | | de 1987, según enmendada). Reglamento | | Número 5048 |
CONTENIDO PAGINA Artículo 13 ..... $1-3$ Artículo 13
(a) ..... 3 Vigencia ..... 4
30 Nóm. 5213 30 de marzo de 1995 2:35 a.4. Aprobado: Dorrada del B. D.
Por: Secretario de Estado Secretaria Auxiliar de Estado
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