Agencia:
Oficina de Asuntos de la Juventud
Número:
5116
Estado:
Activo
Año:
1994
Fecha:
2 de septiembre de 1994
El presente reglamento establece las directrices para la otorgación de la Medalla de la Juventud Puertorriqueña. Se adopta conforme a la Ley número 22 del 20 de mayo de 1987, conocida como Ley de la Medalla de la Juventud Puertorriqueña. Sus propósitos principales son fijar los criterios para la nominación y selección de candidatos, gestionar el proceso de nominaciones y reconocer el valor, los servicios comunitarios y la disposición de ayuda de los jóvenes puertorriqueños. Este reglamento aplica a toda persona o entidad interesada en someter nominaciones para el galardón.
El documento detalla cuándo se otorgará la medalla, el proceso de recomendación de candidatos y la cantidad de medallas por categoría. Asimismo, define las categorías de la medalla, los requisitos de elegibilidad y participación para los nominados. Se establecen los procedimientos para la convocatoria, el cotejo de recomendaciones y la conformación de un jurado especial. Finalmente, se describen las funciones del jurado, el proceso de selección de ganadores y las disposiciones relativas a enmiendas y vigencia del reglamento.
GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DE ASUNTOS DE LA JUVENTUD SAN JUAN, PUERTO RICO
516 REGLAMENTO PARA LA OTORGACION DE LA MEDALLA DE LA JUVENTUD PUERTORRIQUENA
TABLA DE CONTENIDO PAGINA REGLAMENTO PARA LA OTORTACION DE LA MEDALLA DE LA JUVENTUD PUERTORRIQUENA ..... $1-7$
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