Agencia:
Departamento del Trabajo y Recursos Humanos
Número:
5052
Estado:
Activo
Año:
1994
Fecha:
28 de marzo de 1994
La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional de Puerto Rico (PR OSHA) registra el Reglamento Núm. 5052, que establece las Normas de Seguridad y Salud para Empleo en Astilleros. Este reglamento implementa una regla final federal de 1993, emitida por la OSHA del Departamento del Trabajo de EE. UU., que introduce enmiendas técnicas y una redesignación de las normas existentes. Su propósito principal es consolidar las normas de seguridad y salud ocupacional para astilleros, que anteriormente se encontraban dispersas o se incorporaban por interreferencia desde 29 CFR Parte 1910 o los Threshold Limit Values (TLVs) de 1970 de la ACGIH.
Mediante esta enmienda, se incorpora una subparte Z comprehensiva directamente en 29 CFR Parte 1915, la cual incluye el texto completo de las normas sobre substancias tóxicas y otras normas de salud aplicables a los astilleros. Esta acción responde a la recomendación del Shipyard Employment Standards Advisory Committee (SESAC), que buscaba una serie de normas más accesible y clara. La consolidación busca mejorar la conveniencia y accesibilidad para los patronos de astilleros, facilitando el conocimiento de los requisitos y promoviendo un mayor nivel de cumplimiento. En última instancia, se espera que esta medida resulte en una protección de salud más consistente y efectiva para los empleados del sector.
DEPARTAMENTO DE ESTADO Núm. Reglamento 5052 Fecha Rad: 18 de septiembre de 2007 Aprobado: Hon. Fernando 1 Bonitta Por: Secretario de Estado Francisco José Martin Caso Secretario Auxiliar de Servicios
$$ \begin{aligned} & 12 ext { OSH } 1915-1918 \ & 58 ext { FR NUM } 125 \end{aligned} $$
Federal Register / Vol. 58, No. 125 / Thursday, July 1, 1993 / Rules and Regulations Registro...
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