Agencia:
Departamento de Salud
Número:
4921
Estado:
Activo
Año:
1993
Fecha:
12 de mayo de 1993
Aprobado el 12 de marzo de 1993 por el Departamento de Salud de Puerto Rico, este reglamento desarrolla la Ley Núm. 167 del 11 de agosto de 1988. Su propósito principal es reglamentar la profesión de Tecnología Médica en Puerto Rico, estableciendo las directrices bajo las cuales opera la Junta Examinadora de Tecnólogos Médicos. El documento detalla la composición, requisitos, prohibiciones, facultades y deberes de dicha Junta. Además, especifica los requisitos que deben cumplir los aspirantes a la profesión y el proceso de examen para obtener la licencia. Se establecen las condiciones para la concesión, denegación, suspensión y revocación de licencias, incluyendo las tarifas asociadas y la reciprocidad. El reglamento también aborda las sanciones disciplinarias y los procedimientos para el trámite de querellas y la celebración de vistas administrativas. Finalmente, define las penalidades criminales y multas administrativas aplicables por incumplimiento de sus disposiciones.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE SALUD SAN JUAN, PUERTO RICO
Múm. 4921 12 de mazo de 1993. 9:40 a.6. Baltasay, Cerrado del R. 10 Aprobado: Secretario de Estado
Por: JuanluizPuelma Secretaria Auxiliar de Estado
REGLAMENTO DE LEY NUM. 167 DEL 11 DE AGOSTO DE 1988 PARA REGLAMENTAR LA PROFESION DE TECNOLOGIA MEDICA EN PUERTO RICO
JUNTA EXAMINADORA DE TECNOLOGOS MEDICOS DE PUERTO RICO
ARTICULO I - DISPOSICIONES GENERALES ..... $-1-$ Sección 1.1 - Tftulo ..... $-1-$ Sección 1.2 - Base Legal ..... $-1-$ Sección 1.3 - Aplicabilidad ..... $-1-$ Sección 1.4 - Definiciones ....
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