Agencia:
Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales
Número:
5225
Estado:
Activo
Año:
1992
Fecha:
26 de abril de 1992
El "Reglamento de Procedimiento Adjudicativo de la Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales" establece las normas procesales para la realización de los poderes y facultades de dicha Oficina en Puerto Rico. Se adopta bajo la Ley de Municipios Autónomos y la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. Su propósito es garantizar procedimientos administrativos rápidos, justos, económicos y equitativos, interpretándose sus disposiciones libremente para asegurar una solución equitativa en los casos. Este reglamento no aplica a los procedimientos de concesión o denegación de fondos del "State Block Grant Program" ni a casos de personal. Los procedimientos adjudicativos se inician mediante la presentación de una querella, solicitud o petición por escrito. Dicho documento debe contener información específica sobre las partes, los hechos, las disposiciones legales aplicables y el remedio solicitado. La Oficina notificará la querella dentro de diez días laborables, pudiendo otorgar un plazo similar para la contestación. Además, se permite la intervención de partes con interés legítimo o como amigos del foro.
INDICE DEL CONTENIDO DEL REGLAMENTO ..... 5225 Página Título ..... 1 Base Legal ..... 1 Propósito y Alcalce ..... 1 Interpretación ..... 1 Inicio del Procediminto ..... $1-2$ Promovente ..... 2 Contenido ..... 2 Notificación ..... 2 Intervenciones ..... $2-3$ Investigaciones ..... 3 Referimiento y Denegatorias ..... 3 Desestimación ..... 3 Ordenes y Resoluciones Sumarias ..... $3-4$ Peticiones Interlocutorias ..... 4 Enmiendas a la Querella ..... 4 Resoluciones Interlocutorias; remedios procesales ..... 4 Sustitución de partes ..... 4 Conferencia de conclusión ..... 4 con antelación a la vista...
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