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Reglamentos/Agencias/Departamento de Agricultura/Reglamento 4853

Reglamento 4853

Activo

Enmienda la Cuarentena Domestica Num. 5 (Reglamento 3584) que prohibe la introduccion a Vieques de plagas peligrosas a las abejas. Enmienda Regl 3584

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Agricultura

Número:

4853

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1992

Fecha:

23 de diciembre de 1992

Descripción

El Departamento de Agricultura de Puerto Rico enmienda la Cuarentena Doméstica Núm. 5, aprobada originalmente en 1988, con el fin de prevenir la introducción de enfermedades y plagas peligrosas de las abejas (Apis mellifera) a la Isla de Vieques. Se reconoce la existencia de plagas como Acarapis woodi y Varroa jacobsoni, así como la Loque Americana y Europea, en la Isla de Puerto Rico y el continente. En contraste, la Isla de Vieques se encuentra libre de estas amenazas, y su introducción sería desastrosa para su industria apícola. Ante el peligro de contagio a través de abejas vivas o muertas, productos apícolas o equipo usado, se declara la Isla de Puerto Rico bajo cuarentena.

Se prohíbe estrictamente la introducción a Vieques, procedente de la Isla de Puerto Rico, de abejas en cualquier estado de su ciclo de vida, panales, miel, semen de abejas y cualquier material o equipo apícola usado. Esta medida busca proteger la apicultura de Vieques y apoyar un programa de producción de abejas reinas en la isla. El Secretario de Agricultura puede autorizar excepciones mediante permiso escrito y bajo condiciones específicas. La cuarentena se promulga en virtud de la Ley Núm. 60 de 1940 y la Ley Núm. 69 de 1957, y entrará en vigor treinta días después de su radicación.

Contenido del Reglamento

Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA San Juan, Puerto Rico

ENMIENDAS

4953

CUARENTENA DOMESTICA NUM. 5 PARA EVITAR LA INTRODUCCION A LA ISLA DE VIEQUES DE LAS ENFERMEDADES Y PLAGAS PELIGROSAS DE LAS ABEJAS (apis mellifera) APROBADA EL 29 DE FEBRERO DE 1988

INDICE

Página: SECCION 1 - ENMIENDAS

SECCION 2 - AUTORIDAD LEGAL Y VIGENCIA

Page 1

ENMIENDAS

A LA CUARENTENA DOMESTICA NUM. 5 APROBADA EL 29 DE FEBRERO DE 1988

Sección 1.- Se enmienda la Cuarentena Doméstica Núm. 5, aprobada el 29 de febrero de 1988, para que lea como sigue:

CUARENTENA DOME...

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