Agencia:
Oficina del Comisionado de Seguros
Número:
4779
Estado:
Activo
Año:
1992
Fecha:
15 de septiembre de 1992
El Comisionado de Seguros de Puerto Rico ha emitido enmiendas a la Regla XXIX del Reglamento del Código de Seguros, titulada "Ventajas en el Pago de Primas y Planes de Pago". Estas modificaciones, que afectan los artículos 2, 3, 4, 5 y 6, buscan armonizar las disposiciones con el endoso IL-0136 "Mandatory Premium and Coverage Conditions Endorsement-Puerto Rico". Se notifica a la industria y al público la aprobación de estas enmiendas.
La prima de un contrato de seguros o fianza, incluyendo depósitos o el primer plazo, será exigible y pagadera en la fecha de efectividad del contrato. Se establece que el pago a plazos de la prima se considerará un acto de rebaja si se aplica una tasa de interés anual distinta a la fijada por el Comisionado, permitiéndose un cargo fijo de hasta $7.00 por plazo para balances menores de $1,000. Este interés o cargo fijo no se considera prima y debe detallarse en el contrato.
Todos los planes de pago a plazos deben contar con la previa aprobación del Comisionado y estar disponibles para los representantes del asegurador. Además, la emisión de un contrato de seguro nuevo o de renovación sin un pago parcial inicial conforme a un plan aprobado constituye una rebaja prohibida. Esta última disposición excluye contratos relacionados con transacciones de financiamiento o arrendamiento de propiedad, siempre que las primas estén totalmente financiadas o en plica y se remitan al asegurador en un plazo de treinta días. El documento también aborda la puesta en vigor de contratos mediante adelantos de dinero por parte de los representantes.
| Artículo | Página |
|---|---|
| I. Propósito y Autorización legal | 1 |
| II. Exigibilidad de la prima | 1 |
| III. Pago a plazos | 1-2 |
| IV. Aprobación de planes de pago | 2 |
| V. Emisión de póliza sin pago de prima | 2 |
| VI. Adelantos de dinero | 2-3 |
| VII. Pago mínimo de prima | 3 |
| VIII. Exclusión de cargos de financiamiento | 3 |
| IX. Falta de aviso de cancelación de póliza | 3 |
| X. Exclusiones | 3 |
| XI. Separabilidad | 4 |
| XII. Derogación y Enmiendas | 4 |
| XIII. Vigencia | 4 |
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