Agencia:
Departamento de Transportación y Obras Públicas
Número:
4411
Estado:
Activo
Año:
1991
Fecha:
1 de marzo de 1991
Este reglamento, promulgado por el Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico, establece las directrices para la expresión pública en las propiedades bajo su custodia. Su propósito principal es determinar los lugares específicos designados como "Medios de Expresión Pública" y reglamentar su uso. La normativa aplica a cualquier persona, natural o jurídica, interesada en fijar, imprimir o pintar avisos, anuncios, letreros, carteles, pasquines o cualquier otro material similar en estas áreas. Define "Medio de Expresión Pública" como un espacio o columna identificado en propiedad pública o dentro de la servidumbre de paso de una carretera estatal. El documento detalla las normas para la utilización de estos medios, establece prohibiciones y responsabilidades de limpieza. Además, incluye cláusulas sobre penalidades por incumplimiento, asegurando un marco regulatorio integral para la gestión de la comunicación visual en infraestructuras públicas.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACION Y OBRAS PUBLICAS
INDICE
REGLAMENTO PARA ESTABLECER Y REGLAMENTAR LOS MEDIOS DE EXPRESION PUBLICA EN LAS PROPIEDADES BAJO LA CUSTODIA DEL SECRETARIO DE TRANSPORTACIO Y OBRAS PUBLICAS
Página
ARTICULO 1 - AUTORIDAD 1 ARTICULO 2 - PROPOSITO 1 ARTICULO 3 - APLICACION 1 ARTICULO 4 - DEFINICIONES 2 a. SECRETARIO 2 b. DEPARTAMENTO 2 c. MEDIO DE EXPRESION PUBLICA 2 d. MATERIAL 2 e. PROPIEDAD PUBLICA 2 f. PERSONA 2 g. POSTE 2 h. CARRETERA 2-3 i. SERVIDUMBRE DE PASO 3 j. MATERIAL RIGIDO 3 ARTICULO 5 - LOCALIZACION DE LOS MEDIOS DE ...
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