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Reglamentos/Agencias/Adm. de Servicios y Desarrollo Agropecuario/Reglamento 4231

Reglamento 4231

Activo

Reglamento para regir el programa par ala venta de cerdos de raza o estirpe selectas.

Información del Reglamento

Agencia:

Adm. de Servicios y Desarrollo Agropecuario

Número:

4231

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1990

Fecha:

21 de mayo de 1990

Descripción

Este reglamento establece las normas para el Programa de Venta de Cerdos de Raza o Estirpes Selectas, promulgado por la Administración de Servicios Agrícolas del Departamento de Agricultura de Puerto Rico. Su objetivo principal es fomentar el desarrollo y mejoramiento de la industria porcina local mediante la comercialización de cerdos de razas puras o cruces específicos, basándose en la Ley Núm. 33 de 1977, enmendada en 1985.

Cualquier porcinocultor con una finca es elegible, priorizando a los bonafide, interesados en mejorar razas, en efectuar cruces y, finalmente, a los comerciantes. La Administración vende cerditos de razas como Yorkshire, Landrace, Duroc, Hampshire, y cruces específicos, incluyendo Large Black con Yorkshire o Landrace. La venta y entrega se realizan en el Proyecto de Cerdos de la Administración en Dorado, siendo responsabilidad del agricultor proveer la transportación.

Los porcinocultores interesados deben radicar una solicitud en las oficinas regionales del Departamento o en la oficina del programa en Dorado. Estas solicitudes son evaluadas por el Director del Programa, la Directoría de Carne Roja y un representante de la región agrícola. La Administración mantiene un registro detallado de los cerdos y compradores para monitorear el impacto del programa en la industria.

Contenido del Reglamento

212 Nuns 4231 Fecha de 15507.10.65. Aprobado: Antonio J. Colorado Secretario de Estado Por: Secretario Auxiliar de Estado ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA ADMINISTRACION DE SERVICIOS AGRICOLAS

REGLAMENTO PARA REGIR EL PROGRAMA PARA LA VENTA DE CERDOS DE RAZA O ESTIRPES SELECTAS

ARTICULO I- BASE LEGAL

Este Reglamento se promulga de acuerdo a la Ley Núm. 33 del 7 de junio de 1977, enmendada por la Ley Núm. 29 del 5 de junio de 1985, que crea la Administración de Servicios Agrícolas.

ARTICULO II- OBJETIVO DEL PROGRAMA

Este Programa tiene como propósito p...

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