Agencia:
Adm. de Servicios y Desarrollo Agropecuario
Número:
4229
Estado:
Activo
Año:
1990
Fecha:
21 de mayo de 1990
Este reglamento establece un programa para subsidiar a los colonos de caña en la adquisición de semilla selecta para siembras nuevas y de renovación, con el fin de fomentar la industria azucarera. Se basa en la Ley Núm. 33 de 1977, enmendada por la Ley Núm. 29 de 1985, que creó la Administración de Servicios Agrícolas. El programa ofrece un subsidio de diez dólares ($10.00) por tonelada de semilla de caña cortada y puesta sobre el camión, con un límite máximo de nueve mil (9,000) toneladas de semilla por año fiscal.
Son elegibles todas las personas naturales o jurídicas que produzcan y entreguen caña a las centrales para su molienda, excluyendo agencias gubernamentales. Los agricultores interesados deben solicitar la semilla en la Oficina de Colonos de la Central, requiriendo la aprobación del Gerente de la Central y del Director Regional del Departamento de Agricultura. Una vez aprobada, la Central gestiona el servicio y el suplidor emite un conduce. La Central realiza los créditos y débitos correspondientes, para luego reclamar el pago de los incentivos a la Oficina de Finanzas de la Administración de Servicios Agrícolas. La semilla debe ser de variedades selectas recomendadas, y cada agricultor puede adquirir un máximo de 250 toneladas.
Este Reglamento se promulga de acuerdo a la Ley Núm. 33 del 7 de junio de 1977, enmendada por la Ley Núm. 29 del 5 de junio de 1985 que crea la Administración de Servicios Agrícolas.
ARTICULO II -Objetivos del Programa Fomentar el desarrollo de la Industria Azucarera, mediante un subsidio en la venta de semilla selecta a los colonos, para el establecimiento de siembras nuevas y siembras de renovación.
ARTICULO III - De...
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