Agencia:
Negociado de la Policía de Puerto Rico
Número:
4207
Estado:
Activo
Año:
1990
Fecha:
30 de abril de 1990
Este Reglamento establece el proceso para autorizar la práctica supervisada de estudiantes en las facilidades de la Policía de Puerto Rico. Su propósito principal es asegurar que la contratación de practicantes se alinee con la política pública del Estado Libre Asociado y las directrices del Departamento del Trabajo Federal, evitando que los estudiantes sin sueldo sean clasificados como empleados. Para ello, se definen seis criterios clave que distinguen a un practicante de un empleado, incluyendo que el adiestramiento debe ser para beneficio del estudiante, no debe reemplazar a empleados regulares, y el patrono no debe obtener ventaja inmediata. Además, no se garantiza un empleo posterior ni se espera salario durante el período de práctica. El Reglamento también detalla el procedimiento de solicitud, que requiere la presentación de documentos como certificado médico y de antecedentes penales, y la disposición a someterse a pruebas de sustancias controladas. La práctica supervisada se autorizará en el horario regular de 8:00 A.M. a 4:30 P.M., y los supervisores deben velar por el cumplimiento de estos criterios. Queda estrictamente prohibido contratar estudiantes practicantes sin seguir el procedimiento establecido.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO POLICIA DE PUERTO RICO
REGLAMENTO PARA AUTORIZAR LA PRACTICA SUPERVISADA EN LA POLICIA DE PUERTO RICO
El propósito de este Reglamento es establecer el proceso de contratación de estudiantes practicantes, en las facilidades donde ubiquen oficinas de la Policía de Puerto Rico.
La política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico ha sido propiciar experiencias positivas en la fase de trabajo, a los estudiantes participantes en los distintos programas académicos de las instituciones educativa...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito