CodeXpr
Beta v0.7
BuscarStudio | Chat¿Cómo Funciona?Acerca de
LeyesCasosReglamentosÓrdenes EjecutivasBúsqueda

© 2026 CodeXpr. All rights reserved.

Terms of UseSupport

Powered by NeoInertia

Reglamentos/Agencias/Departamento de Justicia/Reglamento 4178

Reglamento 4178

Activo

Orden Administrativa #88-20 sobre declaración de policía Pública sobre Hostigamiento Sexual en el empleo.

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Justicia

Número:

4178

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1990

Fecha:

13 de marzo de 1990

Descripción

La presente Orden Administrativa establece la política del Departamento de Justicia de Puerto Rico contra el hostigamiento sexual en el empleo, declarando su firme repudio a esta práctica. Se basa en la Ley Núm. 17 de 1988, que prohíbe el hostigamiento sexual por considerarlo discriminatorio y contrario a la dignidad humana, exigiendo a los patronos mantener un ambiente laboral libre de intimidación. El documento define el hostigamiento sexual como cualquier acercamiento o conducta sexual no deseada que afecte las condiciones de empleo, las decisiones laborales o cree un ambiente de trabajo hostil. Enfatiza que ningún empleado debe tolerar tales actos y que cualquier funcionario que incurra en ellos enfrentará medidas disciplinarias. Se exige a todo el personal, especialmente a los supervisores, observar altos estándares de profesionalismo y velar por un ambiente de trabajo adecuado. Para cumplir con la ley y prevenir el hostigamiento, se adopta un procedimiento interno detallado para la presentación e investigación de quejas. Los empleados deben presentar su queja ante su supervisor inmediato o, si este es el querellado, ante el director de la oficina. Los supervisores tienen la responsabilidad de referir inmediatamente las quejas a un funcionario designado por el Secretario, tomar medidas de protección para el querellante e informarle sobre sus derechos. El funcionario designado iniciará la investigación correspondiente dentro de los diez días siguientes a la presentación de la querella.

Contenido del Reglamento

I - PROPOSITO:

Mediante la Ley Núm. 17 de 22 de abril de 1988 se adoptó como política pública en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico prohibir el hostigamiento sexual en el empleo e imponer responsabilidades al respecto, por considerarse dicha práctica como una ilegal e indeseable que discrimina por razón de sexo y que atenta contra el principio constitucional reconocido de que la dignidad del ser humano es inviolable. Esta legislación requiere; entre otros particulares, que los patronos mantengan el centro de trabajo libre de hostigamiento sexual e intimidación, y que expongan claram...

Page 1

Crea una Cuenta Gratis

Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.

Sin tarjeta de crédito