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Reglamentos/Agencias/Administración de Servicios Salud Mental y Contra la Adicción/Reglamento 4138

Reglamento 4138

Activo

Enmienda al reglamento de personal 4133. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 de 12 diciembre 2005.

Información del Reglamento

Agencia:

Administración de Servicios Salud Mental y Contra la Adicción

Número:

4138

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1990

Fecha:

28 de febrero de 1990

Descripción

El presente reglamento introduce enmiendas significativas al Reglamento de Personal del Departamento de Servicios Contra la Adicción, aprobado originalmente el 11 de abril de 1979. Las modificaciones afectan múltiples secciones y artículos, incluyendo la Introducción, y los Artículos 3, 10, 15, 16 y 17. El Departamento funciona como un Administrador Individual, responsable de la gestión directa de su personal. Sus normativas internas deben alinearse con la Ley de Personal, particularmente con la Sección 5.7, y deben asegurar la aplicación del principio de mérito, abarcando tanto aspectos esenciales como otros necesarios para una administración moderna y equitativa. Para su entrada en vigor, estas enmiendas requieren la aprobación de la Oficina Central. La aplicación de este reglamento se limita a los empleados del servicio de carrera del Departamento. Quedan excluidos el personal irregular bajo la Ley Núm. 110, el personal por contrato, y el personal de confianza, salvo en lo referente al Artículo 4 para este último.

Contenido del Reglamento

REGLAMENTO PARA ENMENDAR EL REGLAMENTO DE PERSONAL DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS CONTRA LA ADICCION, APROBADO EL 11 DE ABRIL DE 1979

**Núm.FechaAprobadoAntonio J. ColoradoSecretario de Estado
2323 de febrero41590202
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