Agencia:
Administración de Servicios Salud Mental y Contra la Adicción
Número:
4138
Estado:
Activo
Año:
1990
Fecha:
28 de febrero de 1990
El presente reglamento introduce enmiendas significativas al Reglamento de Personal del Departamento de Servicios Contra la Adicción, aprobado originalmente el 11 de abril de 1979. Las modificaciones afectan múltiples secciones y artículos, incluyendo la Introducción, y los Artículos 3, 10, 15, 16 y 17. El Departamento funciona como un Administrador Individual, responsable de la gestión directa de su personal. Sus normativas internas deben alinearse con la Ley de Personal, particularmente con la Sección 5.7, y deben asegurar la aplicación del principio de mérito, abarcando tanto aspectos esenciales como otros necesarios para una administración moderna y equitativa. Para su entrada en vigor, estas enmiendas requieren la aprobación de la Oficina Central. La aplicación de este reglamento se limita a los empleados del servicio de carrera del Departamento. Quedan excluidos el personal irregular bajo la Ley Núm. 110, el personal por contrato, y el personal de confianza, salvo en lo referente al Artículo 4 para este último.
| **Núm. | Fecha | Aprobado | Antonio J. Colorado | Secretario de Estado |
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| 23 | 23 de febrero | 41590202 | ||
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