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Reglamentos/Agencias/Administración de Servicios Médicos/Reglamento 4127

Reglamento 4127

Activo

Reglamento del Comite de Apelaciones del Personal Gerencial

Información del Reglamento

Agencia:

Administración de Servicios Médicos

Número:

4127

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1990

Fecha:

28 de febrero de 1990

Descripción

El presente reglamento establece el Comité de Apelaciones para el Personal Gerencial de la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico. Su propósito fundamental es servir como un medio eficaz para la resolución de querellas de empleados no unionados. Estas querellas deben afectar sus condiciones de trabajo o cualquier otro derecho inherente a su relación laboral. El reglamento busca establecer un orden procesal adecuado para la celebración de vistas y la ventilación de apelaciones presentadas por el personal gerencial. Su base legal se encuentra en el Artículo 8, Inciso

(b) de la Ley Número 66 del 22 de junio de 1978 y el Artículo XVIII, Inciso D, del Reglamento de Personal de la Administración. La creación de este comité es crucial para resolver aquellas quejas de los empleados que no han encontrado una solución satisfactoria en la fase administrativa.

Contenido del Reglamento

ADMINISTRACION DE SERVICIOS MEDICOS DE PUERTO RICO

$4 / 27$

REGLAMENTO

COMITE APELACIONES PERSONAL GERENCIAL

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REGLAMENTO

COMITE APELACIONES PERSONAL GERENCIAL

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REGLAMENTO

COMITE APELACIONES PERSONAL GERENCIAL

Artículo I - PROPOSITO

  1. Este Reglamento se promulga como el medio más adecuado y eficaz para la resolución de aquellas querellas de los empleados no unionados que afecten sus condiciones de trabajo y/o cualquier otro derecho que emane de sus relaciones con el patrono. a. Para realizar esto es necesario tener una reglamentacion que brinde un orden procesa...
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