Agencia:
Administración y Trans. de los Recursos Humanos (OATRH)
Número:
4098
Estado:
Activo
Año:
1990
Fecha:
30 de enero de 1990
La Guía de Clasificación de Funciones para Grupos de Trabajos Irregulares establece los criterios para la contratación de personal no permanente. Este documento forma parte del Reglamento para el Empleo de Personal Irregular y define a este tipo de personal bajo condiciones específicas. Se considera personal irregular a quienes realizan trabajos temporales o intermitentes que no justifican la creación de puestos fijos, tareas imprevistas, o labores que nadie estaría dispuesto a realizar regularmente pero sí por tiempo limitado. También incluye a aquellos que trabajan no más de dos horas diarias, aunque sus servicios sean requeridos con regularidad. Adicionalmente, abarca a empleados no listados en la guía, contratados por extrema urgencia y por un máximo de treinta días en un año fiscal, con retribución por hora o día. La guía detalla clasificaciones funcionales por grupo ocupacional, incluyendo trabajadores no diestros, semidiestros y diestros, con una lista exhaustiva de puestos para cada categoría. Este reglamento, aprobado por el Secretario de Estado, entró en vigor el primero de julio de 1985.
Aprobado: Antonio J. Colorado Secretario de Estado
Por:
GUIA DE CLASIFICACION DE FUNCIONES PARA Secretario Auxiliar de Estado
GRUPOS DE TRABAJOS IRREGULARES
La siguiente Guía de Clasificación de Funciones para Grupos de Trabajos Irregulares forma parte del Reglamento para el Empleo de Personal Irregular, según aprobado. Se denomina personal irregular para fines de ese Reglamento, únicamente el personal cuyas ocupaciones están comprendidas en la presente Guía, siempre y cuando medie una o más de las siguientes condiciones o circunstancias:
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