Agencia:
Administración de Servicios Generales
Número:
4044
Estado:
Activo
Año:
1989
Fecha:
3 de noviembre de 1989
La Administración de Servicios Generales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico ha emitido una enmienda a su Reglamento de Procedimiento Adjudicativo Administrativo Uniforme. Esta modificación se enfoca en el Artículo 27, ahora titulado "Derogación". El propósito principal de la enmienda es derogar todas las disposiciones contenidas en otros reglamentos, normas y usos procesales de la Administración de Servicios Generales que regulen los procedimientos de adjudicación de controversias entre partes y que sean incompatibles con las estipulaciones de este reglamento. No obstante, se establece una excepción crucial: esta derogación no afectará las disposiciones relacionadas con la adquisición de bienes y servicios. La enmienda entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación, la cual fue firmada el 38 de octubre de 1989 por la Secretaria de Estado, Sila M. Calderón.
34 Nüm. 4044 Fecha: $\frac{415981139}{2019}$ Aprobado: Sila M. Calderón Secretario de Estado
Por Secretario Auxiliar de Estado
Estado Libre Asociado de Puerto Rico ADMINISTRACION DE SERVICIOS GENERALES San Juan, Puerto Rico
Para enmendar el Artículo 27 del Reglamento de Procedimiento Adjudicativo Administrativo Uniforme de la Administración de Servicios Generales, para que lea como sigue: "Artículo 27.- Derogación Por la presente se derogan aquellas disposiciones contenidas en los reglamentos, normas y usos procesales de la Administración de Servicios Generales que regulen los procedimientos de adjudicación de controversias entre partes, excepto las relacionadas con la adquisición de bienes y servicios, que sean incompatibles con las disposiciones de este reglamento."
Esta enmienda entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
En San Juan, Puerto Rico, hoy 38 de octubre de 1989.
Agencia:
Administración de Servicios Generales
Número:
4044
Estado:
Activo
Año:
1989
Fecha:
3 de noviembre de 1989
La Administración de Servicios Generales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico ha emitido una enmienda a su Reglamento de Procedimiento Adjudicativo Administrativo Uniforme. Esta modificación se enfoca en el Artículo 27, ahora titulado "Derogación". El propósito principal de la enmienda es derogar todas las disposiciones contenidas en otros reglamentos, normas y usos procesales de la Administración de Servicios Generales que regulen los procedimientos de adjudicación de controversias entre partes y que sean incompatibles con las estipulaciones de este reglamento. No obstante, se establece una excepción crucial: esta derogación no afectará las disposiciones relacionadas con la adquisición de bienes y servicios. La enmienda entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación, la cual fue firmada el 38 de octubre de 1989 por la Secretaria de Estado, Sila M. Calderón.
34 Nüm. 4044 Fecha: $\frac{415981139}{2019}$ Aprobado: Sila M. Calderón Secretario de Estado
Por Secretario Auxiliar de Estado
Estado Libre Asociado de Puerto Rico ADMINISTRACION DE SERVICIOS GENERALES San Juan, Puerto Rico
Para enmendar el Artículo 27 del Reglamento de Procedimiento Adjudicativo Administrativo Uniforme de la Administración de Servicios Generales, para que lea como sigue: "Artículo 27.- Derogación Por la presente se derogan aquellas disposiciones contenidas en los reglamentos, normas y usos procesales de la Administración de Servicios Generales que regulen los procedimientos de adjudicación de controversias entre partes, excepto las relacionadas con la adquisición de bienes y servicios, que sean incompatibles con las disposiciones de este reglamento."
Esta enmienda entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
En San Juan, Puerto Rico, hoy 38 de octubre de 1989.