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Reglamentos/Agencias/Departamento de Agricultura/Reglamento 4040

Reglamento 4040

Activo

Reglamento para fiscalizar el uso y la disposición de fondos públicos asignados a entidades particulares a través del Departamento. No incluido índice Ley 149 12-dic-2005

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Agricultura

Número:

4040

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1989

Fecha:

1 de noviembre de 1989

Descripción

Este reglamento establece las normas para fiscalizar el uso y la disposición de fondos públicos asignados anualmente a entidades particulares sin fines de lucro a través del Departamento de Agricultura de Puerto Rico. Las entidades que soliciten estos fondos deben presentar una propuesta detallada al Departamento, incluyendo sus objetivos, plan de trabajo, justificación de gastos desglosada y estados financieros, los cuales deben ser certificados por un Contador Público Autorizado si la asignación supera los $25,000. Una vez aprobados, el Departamento de Agricultura tramita los pagos, y las entidades receptoras tienen la obligación de someter programaciones de gastos e informes semestrales al Senado, la Cámara de Representantes y al propio Departamento. La Secretaría de Hacienda puede deducir cualquier deuda que la entidad tenga con el Gobierno del Estado Libre Asociado de los fondos asignados. Además, se exige que los fondos se depositen en cuentas bancarias separadas y se contabilicen en registros distintos, siguiendo prácticas contables generalmente aceptadas y conciliándose mensualmente. Finalmente, el director o administrador de la entidad no puede fungir simultáneamente como agente fiscal, debiendo designarse a una persona diferente para esta función.

Contenido del Reglamento

REGLAMENTO PARA FISCALIZAR EL USO Y DISPOSICION DE FONDOS PUBLICOS ASIGNADOS A ENTIDADES PARTICULARES A TRAVES DEL DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA

Artículo I - Introducción y Propósito del Reglamento La Resolución Conjunta del Presupuesto General para Gastos de Funcionamiento de las Ramas Legislativas, Judicial y Ejecutiva del Estado Libre Asociado de Puerto Rico asignan anualmente, a través del Departamento de Agricultura, fondos públicos a entidades sin fines de lucro.

Dicha resolución le impone al Departamento de Agricultura la obligación de fiscalizar, mediante reglamentación, el uso y ...

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