Agencia:
Administración de Asuntos de Energía
Número:
3959
Estado:
Activo
Año:
1989
Fecha:
7 de agosto de 1989
Este reglamento establece los límites máximos de energía para la iluminación interior y exterior en edificios de uso público existentes en Puerto Rico. Su propósito es regular el consumo energético en estas edificaciones, aplicando a estructuras con un área bruta de 10,000 pies cuadrados o más. La Oficina de Energía de Puerto Rico adopta esta normativa basándose en leyes específicas de 1977, 1979 y 1988. La responsabilidad de cumplir con sus disposiciones recae en las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que sufragan el costo de las facturas por consumo de electricidad. El reglamento detalla aspectos como interruptores automáticos, límites de energía para iluminación, procedimientos de cumplimiento, documentación requerida, límites de alumbrado por carga conectada y las multas administrativas por incumplimiento. También aborda notificaciones, revisiones y la vigencia de la normativa.
REGLAMENTO DE ILUMINACION PARA EDIFICIOS DE USO PUBLICO EXISTENTES
Artículo 1 Próposito ..... 1 Artículo 2 Base Legal ..... 1 Artículo 3 Aplicación ..... 1 Artículo 4 Definiciones ..... 1 Artículo 5 Interruptores Automáticos ..... 3 Artículo 6 Limite de Energia para Iluminación ..... 4 Artículo 7 Procedimiento ..... 4 Artículo 8 Alternativas ..... 5 Artículo 9 Documentación ..... 5 Artículo 10 Limite de Alumbrado (carga conectada) ..... 7 Artículo 11 Multas Administrativas ..... 8 Artículo 12 Notificaciones y Apercibimiento ..... 8 Articulo 13 Revisión ..... 8 Artículo 14 Sepa...
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