Agencia:
Departamento de la Vivienda
Número:
3941
Estado:
Activo
Año:
1989
Fecha:
14 de julio de 1989
Este reglamento establece las normas para el Programa de Viviendas a Bajo Costo en Puerto Rico, operando bajo el sistema de Ayuda Mutua y Esfuerzo Propio. Se adopta por el Secretario de la Vivienda, fundamentado en la Ley Número 97 de 1972 y el Artículo 73-A-1 de la Ley 26 de 1941. El programa busca resolver el problema de vivienda para familias que poseen un solar, pero carecen de medios económicos, mediante la acción conjunta de la Administración de Vivienda Rural y los beneficiarios.
La selección de los lugares para los proyectos se basa en las necesidades de vivienda identificadas por técnicos, quienes motivan a las familias a solicitar su participación. Los participantes son seleccionados si cumplen requisitos como poseer legalmente un predio de terreno adecuado, ser jefe de familia o persona sola de escasos ingresos, y demostrar la necesidad de una vivienda. Es fundamental que los participantes se comprometan a aportar su trabajo personal y no remunerado, o a pagar la mano de obra necesaria, además de demostrar capacidad para satisfacer su deuda con la Administración. La construcción se organiza en grupos de trabajo, donde los beneficiarios realizan las tareas bajo la dirección y supervisión de funcionarios de la Administración de Vivienda Rural, siendo responsables de completar la vivienda en el tiempo prescrito.
A BAJO COSTO CONSTRUIDAS MEDIANTE EL SISTEMA DE AYUDA MUTUA Y ESFUERZO PROPIO
Este reglamento se adopta por el Secretario de la Vivienda de Puerto Rico de acuerdo con las facultades que le confiere la Ley Número 97 del 10 de junio de 1972, según enmendada conocida como la Ley Orgánica del Departamento de la Vivienda.
Este reglamento está en armonía y se emite en virtud del Articulo 73-A-1 de la Ley 26 del 12 de abril de 1941, según enmendada.
Reglamentar el Programa de Construcción de...
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