Agencia:
Administración de los Sistemas de Retiro
Número:
3936
Estado:
Activo
Año:
1989
Fecha:
12 de julio de 1989
Este reglamento establece las normas para los procedimientos de adjudicación informal dentro de la Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura. Su propósito es regular todo lo relacionado con las reclamaciones y solicitudes presentadas por participantes, pensionados o beneficiarios del sistema. Se adopta conforme a las Leyes Núm. 447 de 1951, Núm. 12 de 1954 y Núm. 170 de 1988. El documento define términos clave como "Administración", "Administrador", "Participante", "Pensionado", "Beneficiario" y "Oficial Examinador", entre otros, para asegurar una interpretación uniforme. Los procedimientos de adjudicación se inician con la presentación de una solicitud en la Oficina de Orientación y Referimiento de la Administración. Las solicitudes pueden enviarse por correo, y la oficina se encarga de proporcionar los formularios necesarios y abrir un expediente administrativo para cada caso. Este reglamento es fundamental para la gestión transparente y ordenada de los beneficios y derechos de los miembros del sistema de retiro.
ADMINISTRACION DE LOS SISTEMAS DE RETIRO DE LOS EMPLEADOS DEL GOBIERNO Y DE LA JUDICATURA
REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO ADJUDICATIVO DE LA ADMINISTRACION DE LOS SISTEMAS DE RETIRO DE LOS EMPLEADOS DEL GOBIERNO Y LA JUDICATURA
REGLA 1.- TITULO, BASE LEGAL Y PROPOSITO: Este Reglamento se conocerá como "Reglamento de Procedimiento Adjudicativo de la Administracion de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura" y regira todo lo relacionado con los procedimientos de adjudicación informal en la Administracion de los sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Ju...
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