Agencia:
Administración y Trans. de los Recursos Humanos (OATRH)
Número:
3875
Estado:
Activo
Año:
1989
Fecha:
7 de febrero de 1989
El Memorando General Núm. 7-87, emitido el 26 de mayo de 1987 por la Oficina Central de Administración de Personal, informa sobre importantes enmiendas al Reglamento de Personal para los Empleados de Carrera de la Administración Central. Estas modificaciones, autorizadas por el Gobernador Rafael Hernández Colón mediante Orden Ejecutiva, se centran en las disposiciones sobre licencia de maternidad y licencia sin paga. Una enmienda clave extiende el derecho a licencia de maternidad a las empleadas que adopten un menor, equiparándolas en beneficios a las que tienen un alumbramiento normal.
Esta licencia para adopción comenzará a contarse desde la fecha en que el menor sea recibido en el núcleo familiar, requiriendo la presentación de evidencia de los procedimientos de adopción. Para ello, se modifican los incisos 5, subincisos
(a) y
(m) , y se añade un nuevo subinciso
(k) a la Sección 12.4 del Reglamento de Personal. Adicionalmente, se introduce un nuevo tipo de licencia sin paga que podrá ser concedida a los empleados que la soliciten tras el nacimiento de un hijo o hija, enmendando el Inciso 8 de la misma Sección 12.4. El documento incluye copias de estas enmiendas y recomienda a los Administradores Individuales revisar sus reglamentos de personal para alinearlos con las nuevas disposiciones.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA CENTRAL DE ADMINISTRACION DE PERSONAL Apartado 8476 - Estación Fernández Juncos Santurce, Puerto Rico 00910
2875 Fecha 4/1999 5:302:44 Aprobado: Sila M. Calderón
Por: Secretario de Estado Secretaria Auxiliar de Estado
26 de mayo de 1987
MEMORANDO GENERAL NUM. 7-87
A : Señores Secretarios de Gobierno, Jefes de Agencias y Alcaldes - Sistema de Personal
DE Enrique A. Rosas López Director
ASUNTO : ENMIENDAS A LAS DISPOSICIONES SOBRE LICENCIA DE MATERNIDAD Y LICENCIA SIN PAGA CONTENIDAS EN EL REGLAMENTO DE PERSONAL PARA LOS EMPLEADOS DE CARRERA DE...
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